La planilla de don Chucho-Hernández-PRI-Verde….. 1.- Jesús Hernández Martínez, 2.- René-cio Nájera, 3.- Gerardo Ruiz Ocampo y/o Doctor Raymundo, por el Verde: 4.- Claudia Velia, Frente Juvenil 5.- Gabriel Cue Jr. CTM- 6.- Pintor, Movimiento Territorial 7.- Silvia Tiburcio y/o Carolina Fernández; CNOP, 8.- Enrique Alarcón Tostado, propuesta del Gordo Sacre, 9.- Yuky, Propuesta de Jaime Aranda, 10.- Jesús Morales y propuesta del Chester 11.-Julio Mora. Eso es to, eso es to, eso es todo amigos…..En cuanto a la _Paz y el progreso de no sé quien_, los Soto canjearon la diputación local por la presidencia municipal, por lo que hasta ayer, ‘DIA’, organización de Camacho Solís, daba a conocer que sería la candidata a la diputación local por el XVIII Distrito y como suplente Paco Niño y no la mamá de este, por lo que con ello es un hecho que el Jr. Soto Martínez será el candidato a la presidencia municipal porque el PRD- de Amador Jara Cruz aceptó el canje por otro lugar donde tiene otra amante de candidata y como aquel dicho que _jala más un par de tetas que un par de gueyes._ Así que…. Adiós: Barrera, Huerta, Dehesa, Yanjo, Omar, y demás que resulten…. Haber quien se quiere sumar…..Una canción de mi infancia…”El chino, el chinito, el chinito se enojo, porque todos los obreros, hay que chinga le arrimó… Pues tomó algo así como una sobredosis de Dalay, pero se portó a la altura durante la conferencia de ayer el famoso Chinito Cesar López Pineda y aceptó errores durante el conflicto y excesos con algunos paleros de la prensa escrita, radio y tv, hay quienes aseguran que le dan tres meses en la planta de la Cervecera y de ahí…. che me va pa la chiinng -ching a da… ¡peldón! P ‘a la China….. …..Este es el último acuerdo del amparo 612/2010 de Gustavo Pacheco Villaseñor…..Oaxaca de Juárez, Oaxaca, diecinueve de mayo de dos mil diez. Agréguese el oficio 942, suscrito por la Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado, residente en San Andrés Cholula, Puebla, mediante el cual acusa recibo del oficio 2945-II A, a través del cual se remitió la demanda de amparo promovida por Gustavo Pacheco Villaseñor y otros, haciendo del conocimiento de este juzgado que se avoca al conocimiento del asunto, lo anterior para que surta sus efectos legales correspondientes. Por otra parte, con fundamento en los puntos cuarto, décimo primero, vigésimo, vigésimo primero y vigésimo quinto, del Acuerdo General Conjunto número 1/2009, de veintiocho de septiembre de dos mil nueve, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, archívese el presente asunto como concluido. Se estima que el presente expediente carece de valor jurídico y de relevancia documental, toda vez que no se ubica en alguno de los supuestos previstos por los puntos noveno, fracción III y vigésimo primero, párrafo último del acuerdo general citado, (relativos a delitos contra la seguridad de la Nación, contra el derecho internacional, contra la humanidad, contra la administración de justicia, y contra el ambiente y la gestión ambiental; aquellos que contengan resoluciones impugnadas ante organismos públicos internacionales; relativos a conflictos laborales colectivos trascendentes o que por el sentido de alguna de las resoluciones adoptadas en ellos tengan o hayan tenido especial trascendencia jurídica, política, social o económica). Háganse las anotaciones correspondientes en la carátula del expediente y en el libro de gobierno respectivo. Comuníquese a las partes que este expediente será conservado en este órgano jurisdiccional durante tres años y, una vez cumplido este plazo, se transferirá al Centro de Documentación y Análisis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. NOTIFÍQUESE. Atentamente el Juez octavo de Distrito en el Estado de Oaxaca…..

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